El Gobierno prorrogó la prohibición de despidos por 60 días

El Gobierno prorrogó la prohibición de despidos por 60 días

El Gobierno nacional prorrogará por 60 días la prohibición de despidos en todo el territorio nacional. La medida llegó luego del pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT) y de la Unión Industrial Argentina (UIA) y del acuerdo entre las partes de la rebaja salarial para los trabajadores suspendidos.

Mediante la Resolución 475/2020 que exhibe el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo extendió por el plazo de sesenta días la vigencia de la iniciativa que ya había sido aprobada a fines de abril y que comenzará a regir a partir de este lunes 8 de junio.

En ese escenario, el Gobierno nacional expuso, a través de un comunicado, que “en el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días”.

La resolución explicó la prohibición de despidos es a raíz de un pedido realizado por la CGT y la UIA al ministro de Trabajo, Claudio Moroni. En la solicitud tanto la entidad gremial como empresarial señalaron que es “con el objeto de preservar los puestos de trabajo existentes y garantizar a la sustentabilidad de las empresas en serios problemas económicos como consecuencia de la pandemia”

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En consecuencia, el pedido señala: “De manera consensuada se establecieron transitoriamente y por el término de sesenta días, los lineamientos propuestos en pautas de derechos esenciales cuyo resguardo las partes acordaron como posibles para recomendar a la autoridad de aplicación la homologación automática de las suspensiones pautadas a través del mecanismo del art. 223 bis de la LCT”.

Asimismo, la misiva reza: “Analizada la marcha de las medidas, el impacto favorable para trabajadores y empresas, el sostenimiento de los puestos laborales, la protección social derivada de la conservación de la relación de trabajo y teniendo en cuenta que en los próximos días vence el acuerdo por el agotamiento del plazo establecido, entendemos que resulta necesario promover el dictado de nuevas normas que sostengan los lineamientos oportunamente propuestos como pautas razonablemente posibles de protección así como su ágil implementación en todo el territorio nacional para preservar las unidades productivas con su dotación de empleo, evitando de este modo, tanto las desvinculaciones de personal como el cierre de las empresas”.

Recordemos que la medida implica que en caso de que una empresa despida a un trabajador, se irá a juicio por lo que el empleado deberá ser reinstalado y además se le deberá pagar los salarios durante el tiempo que no los cobró. No obstante, para quienes no están registrados la situación es más compleja ya que deberán demostrar el vínculo laboral.

 

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