La Corte Suprema aceptó analizar el DNU de Milei pero con una condición
La Corte Suprema de Justicia de la Nación aceptó analizar la constitucionalidad del DNU de Javier Milei, tras la presentación de un gobernador.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) aceptó tratar el pedido de inconstitucionalidad del DNU que presentó Javier Milei, y el cual entró en vigencia este viernes. El pedido fue presentado por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela.
En ese marco, los jueces del Máximo Tribunal harán lo suyo pero se tomarán su tiempo para analizar la presentación, dado que lo harán recién en febrero luego de la feria judicial.
"Se hace saber que esta Corte estudiara? las cuestiones sometidas a decisio?n luego del receso correspondiente a la pro?xima feria judicial del mes de enero”, confirmaron los jueces de la CSJN en su resolución. Dato no menor, dado que el decreto comenzó a regir este mismo viernes.
En el mismo texto, la Corte aclara que primero será la Procuracio?n General de la Nacio?n quien analice la presentación realizada por el mandatario riojano, quien solicita que la justicia se expida al respecto si el Decreto de Necesidad y Urgencia es constitucional, e insta a que hasta que no se defina esa situación, sea suspendido.
Las actuaciones iniciadas por Quintela consisten en una “acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad” de la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo al considerar que “produce perjuicios irreparables a la ciudadanía por resultar contrario a los artículos 1, 5, 14, 14 bis, 17, 19, 28, 29, 31, 36, 75, 99, 121 y subsiguientes de la Constitución Federal y el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH)”.
El DNU ya fue objetavo a través de diferentes amparos en tribunales de primera instancia, pero este caso se trata de la primera presentación que se hace ante la Corte Suprema y lleva la firma de los abogados Eugenio Raúl Zaffaroni y Raúl Ferreyra.
El escrito advierte que “el DNU censurado constituye un acto de suma gravedad institucional porque materialmente se trata de la asunción y configuración de funciones legislativas masivas por parte del Poder Ejecutivo que la Constitución en modo alguno admite, porque de admitirse se acabaría con el sistema de pesos y contrapesos y, en definitiva, con las bases mismas del respecto a las competencias de los poderes, que hace al esencia misma de la Escritura fundamental de la República y significa una condición para la coexistencia pacífica y democrática".
"No es conjetura la gravedad institucional. Con singularidad se presencia una de los acontecimientos de mayor gravedad institucional, dado que se propicia una ruptura de las formas y condiciones instituidas para un racional gobierno republicano”, destaca el texto.
Para Quintela, el decreto presidencial “es una tentativa de demolición del orden jurídico de la Argentina, que no posee antecedentes en toda la historia constitucional argentina, sin observar a las dictaduras militares y gobiernos de facto".
“Sin dudas, el DNU al lesionar la forma republicana de gobierno y la orientación democrática del Estado argentino, afecta reglas de nuestra Constitución, que deben mantenerse inalterables. Porque, cualquier intento o tentativa de reforma de esa “forma republicana” de gobierno y de esa “orientación democrática” para toda la política del Estado federal solamente podrá ser calificada como un intento de demolición de la Escritura fundamental”, concluye la presentación ante la Corte.