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Otro revés judicial

Declararon inconstitucional la reforma laboral por DNU

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo avaló el reclamo de la CGT y estableció que es imprescindible el debate legislativo. "La justicia nos dio la razón", afirmó Héctor Daer.

Andrea Lazaro
30/01/2024
Declararon inconstitucional la reforma laboral por DNU

La sala de feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar al recurso de amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y declaró inconstitucional la reforma laboral del DNU 70/2023 de Javier Milei. De esta manera, la justicia  invalidó el Título IV, artículos 53 a 97 del decreto de necesidad y urgencia por ser contrario al artículo 99, inciso 3º de la Constitución Nacional. "La justicia nos dio la razón", afirmó el secretario general de la CGT, Héctor Daer.

Entre los considerandos que expusieron los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, en el fallo se sostiene que "no se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU".

Además, destacaron que "el texto del art. 99, inc. 3°, segundo párrafo, de la Constitución Nacional es elocuente, y las palabras escogidas en su redacción no dejan lugar a dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad”, por lo que los magistrados remarcaron que “para el ejercicio de esta facultad de excepción el constituyente exige -además de la debida consideración por parte del Poder Legislativo- que la norma no regule materia penal, tributaria, electoral o del régimen de partidos políticos, y que exista un estado de necesidad y urgencia".

"La vulnerabilidad es una circunstancia que afecta a la persona que trabaja en relación de dependencia, dada su desigualdad negocial, y que se hallan en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, se encuentran configuradas las circunstancias objetivas como para considerar que los temas introducidos -por su calidad estructural y su cantidad- en el Título IV del decreto en cuestión resultan de imprescindible debate específico y decisión por el Poder Legislativo", agregaron. .

Tras conocerse la resolución de la Cámara del Trabajo, el secretario general de la CGT, Héctor Daer, celebró la decisión al afirmar en sus redes sociales: “La justicia nos dio la razón. La cámara laboral declaró inconstitucional todo el capítulo 4 del DNU. Acompañó el fallo con la sentencia definitiva. #NoAlDNUyLeyOmnibus”.

Como informara este medio, el 3 de enero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había aceptado la medida cautelar presentada por la central obrera tras marcha a Tribunales.

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