TRANSMISIÓN EN VIVO
CódigoBAIRES, de lunes a viernes de 8 a 12 Conduce Maxi Pérez
Política
Menos derechos

Fuerte repudio a la reforma (flexibilización) laboral de Milei de los Ministros de Trabajo

El titular de la cartera de Trabajo bonaerense, Walter Correa, advirtió sobre el retroceso en materia de derechos laborales de la Ley Bases. Además, junto a otros funcionarios del país, repudiaron el DNU.

Andrea Lazaro
29/04/2024
Fuerte repudio a la reforma (flexibilización) laboral de Milei de los Ministros de Trabajo

Los ministros de Trabajo de seis provincias, entre ellos el bonaerense Walter Correa, repudiaron los cambios en la regulación laboral que impone el DNU 70/23 del presidente Javier Milei. Paralelamente, el funcionario de Axel Kicillof detalló los puntos centrales de las reformas en dicha materia incluidas en la Ley Bases que se discute en el Congreso.

Con respecto al comunicado de los titulares de las carteras laborales de Buenos Aires, Formosa, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Córdoba y de La Rioja; estos rechazaron enfáticamente los puntos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), al considerar que entran en en “colisión con los derechos laborales y sociales consagrados en la Constitución Nacional”. También, repudiaron el congelamiento de salarios, la paralización de la obra pública y el desguace de organismos estatales, lo cual ha afectado gravemente a distintos sectores de la sociedad.

De acuerdo al texto de la misiva, el DNU vulnera “el Artículo 14 bis de la Norma fundamental que establece: ‘El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial’”

Además, violenta derechos gremiales, que a su vez dejan sin resguardo a los trabajadores, pues desconoce que, como afirma el mismo artículo, los gremios tengan garantizado “…concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga”. Mientras que deja sin garantía de continuidad laboral a los dirigentes gremiales, al desconocer que “gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo”

Asimismo, el DNU representa, para los ministros, un claro embate a la seguridad social, pues según afirma el comunicado desconoce lo establecido en la Carta Magna en relación a garantizar “…el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.

El posicionamiento de los titulares de Trabajo se produjo en el marco de la primera reunión del Encuentro Federal por el Trabajo, a celebrarse el próximo 6 de mayo. En este contexto, se comprometieron a trabajar coordinadamente a fin de “evitar la sanción de toda norma que indique un avasallamiento de los derechos sociales y laborales reseñados que redunde en la satisfacción de las necesidades del pueblo trabajador, objetivo primario de la actividad política y de la función pública”.

Los puntos centrales de la reforma (flexibilización) laboral de la Ley Bases

Más tarde, el ministro de Trabajo bonaerense difundió un documento con los puntos centrales de la reforma laboral propuesta en la Ley Bases, según el análisis del abogado del equipo de la Cartera, Luis Roa. 

El primero, referido al Empleo Público, advierte que “se permitirán las cesantías masivas en el Estado nacional a través del régimen de disponibilidad, violando el derecho a la estabilidad laboral del Empleo Público”. 

También habilita “el despido de personal con licencias por enfermedades laborales, embarazo, matrimonio, accidentes”. Autoriza el traslado unilateral de los trabajadores. deroga el derecho de los trabajadores públicos nacionales intimados para jubilarse a trabajar por un año. prohíbe el ejercicio de derechos políticos. Asimismo, amplía la capacidad de sanción del Estado empleador, legaliza el descuento por huelga. 

El segundo, Blanqueo Laboral, permite a los empresarios legalizar a trabajadores en negro sin sanciones y condona las deudas de seguridad sociales de éstos con el Estado nacional.

Por último, implementa modificaciones en el Régimen de Registración y deroga multas e indemnizaciones por clandestinidad laboral. 

Comentarios
Más de Política