La Provincia estableció los criterios para la distribución de fondos educativos entre municipios
El Gobierno provincial estableció criterios transparentes y equitativos para la distribución de recursos educativos entre sus 135 municipios, garantizando un enfoque centrado en la infraestructura escolar y la estabilidad financiera local.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires estableció los procedimientos para la asignación de recursos del Fondo de Financiamiento Educativo a los 135 municipios. Esto se llevará a cabo mediante la utilización de coeficientes, los cuales determinarán la distribución de fondos entre los Consejos Escolares del Fondo Provincial Compensador de Mantenimiento de Establecimientos Educativos.
Según el artículo 1° de la resolución N° º 292/2024, "se determina que el 16,14 % de los recursos de afectación específica que perciba la Provincia en virtud de la vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2024 del artículo 7° de la ley nacional 26.075, para cubrir gastos estrictamente ligados a la finalidad y función educación (abarcando la educación formal como la no formal)".
Además, se establece que estos recursos "se distribuirán, en forma diaria y automática, entre los municipios de acuerdo a los coeficientes establecidos en los artículos 1° y 2° de la resolución 1/23 de la Dirección General de Cultura y Educación (Decreto 292/24)".
El artículo 2° especifica que los municipios del conurbano bonaerense deberán destinar al menos el 50% de los recursos del Fondo a la infraestructura escolar, mientras que los municipios restantes deberán asignar al menos el 40% de dichos recursos a dicho fin.
El decreto resalta la importancia de mantener la estabilidad y previsibilidad en la asignación de recursos a los municipios, afirmando que "resulta oportuno mantener la vigencia, para el año 2024, de los coeficientes aprobados por los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 1/23 de la Dirección General de Cultura y Educación".
En el año 2023, los coeficientes estaban determinados de la siguiente manera:
1) 25% por Régimen General, que incluye:
A - 7,5% por superficie, según datos de la Dirección de Geodesia de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires.
B - 17,5% por población de 3 a 17 años proyectada para 2022, según datos brindados por la Dirección Provincial de Estadística del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
2) 75% por variables educativas, que comprende:
A - 40% por la matrícula en todos los niveles y modalidades de establecimientos de gestión oficial y municipal, según datos del Relevamiento de Matrícula Inicial 2022.
B - 5% por el índice de vulnerabilidad de la matrícula de nivel inicial, primario y secundario de educación común (incluye modalidades técnica, agraria y artística) y de educación especial de establecimientos de gestión oficial y municipal, según datos brindados por la Subsecretaría de Planeamiento a partir del sistema nominal de matrícula Mis Alumnos 2022.
C - 5% por el índice de trayectorias, según datos brindados por la Subsecretaría de Planeamiento a partir de información sobre estudiantes no promovidos y salidos sin pase en nivel primario y secundario de educación común (incluye modalidades técnica, agraria y artística), que surge del sistema nominal de matrícula Mis Alumnos sobre cierre de ciclo 2021 e inscripción 2022.
D - 15% por la cantidad de establecimientos de gestión oficial y municipal de todos los niveles y modalidades, según datos del Padrón Oficial de Establecimientos actualizado a noviembre de 2022.
E - 2% por la cantidad de establecimientos de gestión municipal de todos los niveles y modalidades, según datos del Padrón Oficial de Establecimientos actualizado a noviembre de 2022.
F - 8% por la cantidad de predios escolares en los que funcionan uno o más establecimientos de gestión oficial y municipal de todos los niveles y modalidades, según datos brindados por la Subsecretaría de Planeamiento a partir de la actualización preliminar del padrón de predios escolares a noviembre de 2022.