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Rechazaron el amparo del CECIM La Plata contra la derogación de la Ley de Tierras

El juez Alberto Recondo desestimó el amparo del CECIM porque consideró que los ex combatientes "carecen de legitimidad" para representar los intereses de la Nación. Jerónimo Guerrero Iraola adelantó que apelará la medida.

Andrea Lazaro
05/02/2024
Rechazaron el amparo del CECIM La Plata contra la derogación de la Ley de Tierras

El titular del Juzgado Federal Nº 4 de La Plata, Alberto Recondo, rechazó el amparo interpuesto por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), que pedía frenar la derogación de la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales, conocida como "Ley de Tierras", a través del artículo 154 del mega DNU de Javier Milei. El abogado del CECIM, Jerónimo Guerrero Iraola, adelantó que apelarán el fallo. 

Cabe recordar que, como informara este medio, en su presentación el CECIM había argumentado que la derogación de la ley de tierras habilitaba "la extranjerización de las mismas, con dinámicas latifundistas, que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no sólo la disponibilidad del suelo argentino, sino también los cursos de aguas dulces". 

Sin embargo, el juez Recondo consideró que el CECIM carece de legitimación para representar los intereses de la Nación Argentina y para "accionar judicialmente en representación de los intereses individuales de quienes, en definitiva, se verían directamente afectadas por la norma impugnada en autos, esto es, cada propietario de terreno rural, como así tampoco del interés colectivo que se pretende asumir -defensa de la soberanía nacional-".

Asimismo, el magistrado agregó que que el CECIM no especificó el agravio potencial o actual que la implementación de la derogación pueda generar, y por lo tanto, desestimó el amparo presentado.

La decisión se produce una semana después que el juez de feria, Ernesto Kreplak, dictaminara una cautelar suspendiendo el artículo 154 del DNU 70/2023 en la misma causa; por lo que ahora Recondo, al decidir sobre "el fondo del caso", revocó la cautelar otorgada y solicitó la baja de la inscripción de la acción como colectiva en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Tras conocerse la sentencia, el abogado del CECIM La Plata, Jerónimo Guerrero Iraola, aseveró que apelarán el fallo, al que consideró una "entrega judicial de la soberanía nacional".

"Una sentencia que deja mucho que desear. Una sentencia que omite la inobservancia de procedimientos esenciales ordenada por la Ley de Procedimiento Administrativo. Una sentencia culposa, en la que, por un lado enaltece a los pibes que fueron enviados a la guerra para defender la soberanía nacional, para en el párrafo siguiente decir que no pueden acudir a la justicia a hacerlo", cerró el letrado desde sus redes sociales.

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