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Revés para Milei

Habilitaron la feria para tratar el amparo contra la derogación de la Ley de Tierras

Nuevo revés judicial para el DNU de Javier Milei tras el planteo formulado por una agrupación de ex combatientes de Malvinas por la liberación de venta de tierras a extranjeros

Alexis Martín
15/01/2024
Habilitaron la feria para tratar el amparo contra la derogación de la Ley de Tierras

La Cámara Federal de La Plata habilitó la feria judicial de verano para tratar una acción de ex combatientes de Malvinas contra una parte del DNU del gobierno de Javier Milei que libera prácticamente todas las limitaciones para que capitales extranjeros puedan comprar tierras en la Argentina, aún en zonas de frontera.

“Habida cuenta la naturaleza de los derechos comprometidos y las razones de urgencia oportunamente invocadas, pudiendo la demora tornar ineficaz lo peticionado u originar un perjuicio insuperable, corresponde que se habilite la feria judicial”, sostuvieron los jueces Carlos Vallefín y Jorge Di Lorenzo.

La resolución aclara que “lo aquí decidido, claro está, no implica pronunciamiento alguno sobre el asunto planteado, sino sólo respecto del pedido de habilitación de feria judicial”.

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) había pedido en primera instancia “la habilitación de la feria judicial para el tratamiento de la acción de amparo deducida -con medida cautelar con el objeto de que se ‘declare la inconstitucionalidad e insanable nulidad (…) del artículo 154 del Decreto 70/2023’".

Esa norma, contenida en el DNU firmado por el presidente, Javier Milei, a poco de asumir, “deroga la ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales” y –añade la presentación- “pone en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional”.

La pretensión de tratar el tema durante la feria judicial había sido rechazada en primera instancia porque “las razones de urgencia invocadas en el escrito que se provee resultan prima facie eventuales y conjeturales y no entrañan por sí un riesgo cierto, actual e inminente sobre los derechos cuya tutela requiere”.

Según el fallo de primera instancia, la puesta en vigencia de la nueva normativa “no constituyen diligencias urgentes cuya demora pudiera tornarlas ineficaces u originar perjuicios evidentes a las partes”. La Cámara corrigió ese criterio y el planteo de los ex combatientes deberá ser tratado durante el mes de enero.

Cabe recordar que el último viernes, la jueza civil y comercial de Misiones Adriana Fiori había hecho lugar a una medida cautelar solicitada por las asociaciones yerbateras y había suspendido otro capítulo del megadecreto desregulatorio para que “no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate”.

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