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La ANMAT prohibió una marca de alcohol líquido y en gel

La ANMAT prohibió una marca de alcohol líquido y en gel

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes una marca de alcohol líquido y en gel, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. 

La Disposición 178/2021 prohíbe “la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones de los productos rotulados como ‘F+C Alcohol líquido 97° neutro. Higienizante y sanitizante instantáneo. Uso doméstico y hospitalario. Uso externo. Producido por Farma-Chen. Industria argentina’ y ‘F+C Alcohol en gel neutro. Higienizante y sanitizante instantáneo. Uso doméstico y hospitalario. Producido por Farma-Chen. Industria argentina”.

Los productos eran ofrecidos desde un perfil en la red social Facebook y carecían de registro sanitario. Según pudo conocer la ANMAT, los ofertantes estaban ubicados en el partido de General San Martín, por lo que se puso en conocimiento del Ministerio de Salud de la provincia.

Desde la Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirieron “la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de las presentaciones de los productos”.

Desde la ANMAT informaron que “no se hallaron productos autorizados como alcohol etílico ni como alcohol en gel que correspondan a la marca “F+C” ni empresas habilitadas bajo el nombre de “Farma-Chen” y advirtieron que la concentración de 97% no podía corresponder a un producto cosmético ni de uso doméstico.

“Se trata de un producto ilegítimo, toda vez que declara datos no veraces en su rotulado, que se desconoce su origen y efectiva composición es que no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta un riesgo para la salud de la población, teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización de manos” describieron. 
Y concluyeron:  "por lo expuesto la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud sugirió la prohibición el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todas las presentaciones de los productos". Tiempo atrás, la Disposición 6109/2020 había prohibido "la comercialización y uso en todo el territorio nacional del producto rotulado como: COSMETIC alcohol en gel – uso externo- Industria Argentina- 5 L- elaborador LEG Nº 1602- MS Res. 155/98, lote 2251 V: 09/23 y cualquier otro lote del producto".

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