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La Justicia anuló la resolución que eliminaba el registro de los cambios de precios

El fallo restablece la obligación de informar al Estado las modificaciones en los valores de los combustibles dentro de las ocho horas de realizadas y cuestiona la política de desregulación del Gobierno.

Fausto Ramos
21/07/2026
La Justicia anuló la resolución que eliminaba el registro de los cambios de precios

La Justicia Federal de La Plata declaró la inconstitucionalidad de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que eliminaba la obligación de informar al Estado las modificaciones en los precios de los combustibles. De esta manera, el juez Alejo Ramos Padilla ordenó restablecer el sistema que obliga a las petroleras y estaciones de servicio a reportar cada cambio de precios dentro de las ocho horas de realizado.

La medida fue adoptada por Ramos Padilla, quien hizo lugar a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS). Además, para fundamentar su decisión, el magistrado se apoyó en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y veraz. Asimismo, declaró la nulidad de la resolución e impuso las costas al Estado nacional.

"La desregulación no autoriza a disminuir la protección al consumidor y el Estado no ha demostrado que el nuevo sistema brinde una tutela mejor o equivalente al sistema derogado", sostuvo el juez. En ese sentido, remarcó que la eliminación del sistema de información vigente desde 2016 implicaba un retroceso en materia de acceso a datos públicos sobre los precios de los combustibles.

Desde el Gobierno nacional defendieron la medida al sostener que, en el marco de la Ley Bases y el DNU 70/2023, la eliminación de esa obligación permitiría avanzar hacia un esquema de precios dinámicos, con herramientas como descuentos por franjas horarias o el denominado micropricing. Sin embargo, el magistrado consideró que la simplificación administrativa no puede implicar una reducción de los derechos de los consumidores ni reemplazar un sistema de información sin ofrecer otro equivalente.

Entre los fundamentos del fallo, Ramos Padilla señaló que la información sobre los precios de los combustibles no puede quedar dispersa entre las páginas web de las empresas o la cartelería de las estaciones de servicio. Por el contrario, sostuvo que el Estado debe garantizar un mecanismo centralizado y de fácil acceso para que los usuarios puedan comparar los valores antes de cargar combustible.

El tema ya se encontraba en agenda desde la publicación de la resolución. En la Legislatura bonaerense, la diputada Ayelén Rasquetti, del Frente Renovador, había presentado un proyecto para exigir que las empresas informaran las modificaciones en los precios de los combustibles. Sin embargo, la iniciativa nunca llegó a tratarse.

Con este fallo, las petroleras y estaciones de servicio deberán volver a informar al sistema oficial cada modificación de precios dentro de las ocho horas de realizada, restableciendo el esquema de información pública que había sido eliminado por la resolución del Ministerio de Economía.

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