Conte Grand respaldó al Deliberante de General Alvear y recomendó rechazar la demanda de Capra
El Procurador General consideró que el Concejo Deliberante actuó dentro de sus atribuciones al excluir al jefe comunal y a la planta política del último aumento salarial.
El Procurador General bonaerense, Julio Conte Grand, dictaminó a favor del Concejo Deliberante de General Alvear en la disputa judicial iniciada por el intendente Ramón Capra (UCR) y recomendó a la Suprema Corte rechazar la demanda presentada por el jefe comunal contra la ordenanza que dejó sin efecto el último aumento salarial para él y los funcionarios políticos del municipio.
En un dictamen no vinculante, Conte Grand concluyó que el Concejo actuó dentro de las facultades que le otorgan la Constitución bonaerense y la Ley Orgánica de las Municipalidades, por lo que descartó que existiera un conflicto de poderes entre el Departamento Ejecutivo y el Legislativo local.
La controversia comenzó cuando el Ejecutivo municipal envió al Concejo un proyecto para aplicar el incremento salarial del 2,5% correspondiente a mayo, acordado en paritarias con los trabajadores municipales. Durante el tratamiento legislativo, los concejales modificaron la iniciativa y resolvieron excluir del aumento al intendente y a los funcionarios políticos alcanzados por la Ley 14.656.
Tras la aprobación de la ordenanza, Capra la vetó al considerar que el Concejo se había excedido en sus atribuciones. Sin embargo, el cuerpo deliberativo insistió con la mayoría requerida y ratificó la norma, lo que derivó en la presentación judicial del intendente ante la Suprema Corte.
En su dictamen, Conte Grand sostuvo que el Concejo no estaba obligado a aprobar sin cambios el proyecto enviado por el Ejecutivo y remarcó que la función deliberativa incluye la posibilidad de debatir, rechazar o modificar las iniciativas. En ese sentido, afirmó que convertir al cuerpo legislativo en un "mero órgano de refrendo" implicaría vaciar de contenido las atribuciones que le reconocen la Constitución y la legislación vigente.
El Procurador también señaló que los concejales pueden introducir modificaciones en proyectos presupuestarios siempre que no generen nuevos gastos sin financiamiento. Como en este caso la decisión consistió en excluir beneficiarios del incremento salarial y no en ampliar el gasto público, entendió que la medida se ajustó al marco legal.
Además, diferenció la negociación paritaria, que corresponde al Departamento Ejecutivo, de las facultades que tiene el Concejo al momento de sancionar la ordenanza que instrumenta esos acuerdos. En esa línea, consideró que no existió una invasión de competencias y destacó que el procedimiento institucional se desarrolló conforme a la normativa, ya que el intendente ejerció el veto, el Concejo insistió con la mayoría prevista por la ley y la ordenanza fue sancionada de manera regular.
Ahora será la Suprema Corte provincial la encargada de resolver el planteo. Si bien el dictamen de Conte Grand no es vinculante, representa un antecedente de peso para la decisión que deberá adoptar el máximo tribunal bonaerense.


