La Justicia ordenó vacunar a un menor en Tandil tras la negativa de sus padres
La medida se tomó tras intentos fallidos de mediación. El niño tenía vacunación incompleta y antecedentes de internaciones evitables.
La decisión del Juzgado de Familia de Tandil de ordenar la vacunación compulsiva de un menor volvió a poner en debate el rol del Estado frente a la negativa de algunos padres a cumplir con el calendario obligatorio de inmunización. La medida judicial se tomó luego de varios intentos fallidos de mediación entre el sistema de salud y la familia del niño, en un caso que encendió alertas tanto por el riesgo individual como por las posibles consecuencias sanitarias para la comunidad.
La intervención se produjo después de que profesionales del Hospital de Niños detectaran que el menor solo había recibido las vacunas correspondientes a los dos meses de vida. La situación no pasó inadvertida para el equipo médico, ya que el niño había atravesado además dos internaciones previas por patologías que, según se indicó, podrían haberse evitado con las dosis previstas en el esquema obligatorio.
Frente a ese escenario, desde el sistema sanitario se activaron los protocolos habituales de abordaje. Personal del centro de salud correspondiente convocó a la familia y mantuvo distintas instancias de diálogo con el objetivo de explicar la importancia de completar el calendario de vacunación. Sin embargo, los intentos no lograron modificar la postura de los progenitores, quienes continuaron rechazando la inmunización.
Ante la persistencia de la situación, el Hospital de Niños realizó una presentación ante el Servicio Local de Protección de Derechos y el caso terminó en el Juzgado de Familia, que resolvió avanzar con la vacunación del menor mediante una actuación de oficio orientada a garantizar su derecho a la salud.
Según publicó El Eco de Tandil, el operativo para concretar la medida contó con la participación del equipo de salud y de la Comisaría de la Mujer. De esa manera, se logró aplicar las vacunas pese a la negativa manifestada por la familia.
El director de Salud Comunitaria, Tomás Baliña, explicó que la resolución judicial se apoyó en la necesidad de proteger derechos fundamentales del niño y remarcó que la vacunación no solo implica un beneficio individual, sino también colectivo. En ese sentido, sostuvo que existen personas inmunosuprimidas o pacientes oncológicos que no pueden recibir determinadas dosis y cuya protección depende, justamente, de que el entorno esté vacunado.
El funcionario comparó además la situación con la escolaridad obligatoria y consideró que el Estado debe intervenir cuando los adultos responsables no garantizan derechos esenciales.
El caso ocurre en un contexto donde crecieron los discursos antivacunas y la circulación de desinformación sobre la inmunización, un fenómeno que preocupa a especialistas y autoridades sanitarias. En Argentina, las vacunas incluidas en el calendario nacional son obligatorias, gratuitas y forman parte de una política pública destinada no solo a prevenir enfermedades individuales, sino también a evitar brotes y proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Aunque desde el área de Salud reconocieron que se trató de una situación “incómoda” y excepcional, remarcaron que la intervención judicial buscó priorizar el bienestar del menor y el cuidado de la comunidad en su conjunto.


