La CGT judicializó la reforma laboral y presentó un amparo en la Justicia Contencioso Administrativa
La central obrera inició una acción judicial contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad de la ley aprobada por el Senado. El expediente quedó radicado en el Juzgado Federal N°7.
La Confederación General del Trabajo (CGT) presentó una acción de amparo contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad de la reforma laboral sancionada por el Congreso. La causa quedó registrada bajo el expediente CAF 10258/2026 en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Según consta en el expediente, la acción fue presentada bajo la figura de amparo prevista en la Ley 16.986 y fue asignada este 6 de marzo al Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, a cargo del juez Enrique Valerio Lavie Pico. El patrocinio legal figura a nombre del abogado Luciano Podestá.
La presentación forma parte de la estrategia judicial anunciada por la central sindical tras la aprobación de la reforma laboral en el Senado. La CGT ya había adelantado que recurriría a los tribunales para cuestionar la constitucionalidad de la norma.
En paralelo a la acción judicial, dirigentes y trabajadores de distintos gremios se movilizaron este lunes hasta los tribunales. Tras la marcha, el cosecretario general de la central, Jorge Sola, explicó que la presentación busca impugnar la ley sancionada por el Congreso. “Venimos a ejercer nuestro derecho a peticionar. Confiamos en un poder republicano como la Justicia, en su objetividad y en que va a cuidar el cumplimiento de la Constitución Nacional”, afirmó el dirigente de Seguros, quien se presentó junto a los otros dos cosecretarios generales de la central, Cristian Jerónimo (Vidrio) y Octavio Argüello (Camioneros).
En declaraciones a la prensa, Sola sostuvo que la CGT “cumple con lo que venimos diciendo desde que iniciamos este proceso de rechazo a la ley”. Según explicó, el planteo judicial cuestiona la reforma por considerar que avanza sobre características “protectorias” de la legislación laboral y vulnera su “progresividad”.





