Multa por no ir a votar: cuánto hay que pagar
Este año la sanción económica por faltar a las urnas se cuadruplicó y rige para todos los bonaerenses en edad de votar.
Este domingo 7 de septiembre se desarrollarán las elecciones legislativas en la Provincia de Buenos Aires y, como marca la ley, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos de entre 18 y 70 años. Sin embargo, quienes no se presenten en las urnas deberán afrontar una sanción económica que este año se cuadruplicó.
De acuerdo al artículo 137 de la Ley Electoral Provincial N° 5109, los electores que no cumplan con su deber cívico sin una justificación válida serán sancionados con una multa económica. En 2025, el monto a pagar varía entre $1000 y $2000, una cifra cuatro veces mayor a la establecida previamente, que iba de $50 a $500.
El Gobierno bonaerense advirtió que, si la persona no regulariza su situación dentro de los 60 días hábiles posteriores a la elección, quedará inscripta en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que le impedirá acceder a cargos o empleos en la administración pública.
La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires aclara que solo hay tres motivos que permiten justificar la inasistencia a las urnas:
-Estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación.
-Tener un problema de salud certificado.
-Contar con un motivo de fuerza mayor comprobable.
En todos los casos, la justificación debe presentarse dentro de los 60 días posteriores al acto electoral.

