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Qué documentos sirven, cómo justificar la ausencia y qué prohíbe la veda electoral

La Provincia elige este domingo y la Junta Electoral recuerda qué DNI son válidos, cómo justificar la ausencia y qué sanciones prevé la ley.

Nazareno Napal
05/09/2025
Qué documentos sirven, cómo justificar la ausencia y qué prohíbe la veda electoral

Este domingo 7 de septiembre, más de 14 millones de bonaerenses deberán acercarse a las urnas para renovar parte de la Legislatura provincial y elegir concejales y consejeros escolares en los 135 municipios. Como cada elección, habrá reglas estrictas sobre qué documentos se pueden usar, qué pasa si no se concurre y cuáles son las limitaciones que impone la veda electoral.

Documentos habilitados

Solo son válidos el DNI tarjeta (incluso si aparece la leyenda “no válido para votar”), el DNI libreta celeste o verde, la Libreta Cívica y la Libreta de Enrolamiento. “Siempre hay que presentarse con el mismo ejemplar que figura en el padrón o uno más nuevo, llevar uno anterior puede invalidar el voto”, remarcaron desde la Junta Electoral bonaerense.

Quedan excluidos el DNI digital en el celular, el pasaporte, la constancia de trámite o las denuncias por extravío.

El voto migrante

Por primera vez, más de un millón de personas migrantes estarán habilitadas para votar, lo que representa el 6,75% del padrón. Los requisitos son ser mayores de 18 años, tener DNI de extranjero con domicilio en la provincia e inscribirse en el Registro Especial de Electores Extranjeros. “El voto de extranjeros es obligatorio y su participación refleja la diversidad y compromiso cívico de la provincia”, señalaron desde la Junta Electoral.

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Para garantizar su participación, se habilitaron 2.401 mesas exclusivas en todo el territorio. Las colectividades más numerosas son de Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay, seguidas por Chile y Venezuela.

Sanciones por no ir a votar

El voto es obligatorio para los mayores de 18 y menores de 70 años. Quienes no se presenten sin causa justificada pueden recibir multas que van de 50 a 500 pesos, según la cantidad de infracciones previas, además de ser inscriptos en el Registro de Infractores.

La ausencia solo se puede justificar por motivos de salud, fuerza mayor comprobable o estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación.

La veda electoral

Desde este viernes a las 8 de la mañana rige la veda en la provincia y se extenderá hasta el domingo a las 21. Durante este período está prohibido hacer actos de campaña, difundir encuestas y vender bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20.

Las infracciones pueden derivar en multas o incluso en penas de prisión, de acuerdo con el Código Electoral.

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