Opinión y análisis
Proscripción de CFK

Vialidad, una causa plagada de manoseos

Gonzalo Escaray desmenuzó las irregularidades del proceso judicial contra la expresidenta.

Octavio del Real
11/06/2025
Vialidad, una causa plagada de manoseos

En una nueva columna judicial, Gonzalo Escaray repasó las irregularidades de la condena a Cristina Fernández de Kirchner en la Causa Vialidad, que este martes fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia al no hacer lugar al recurso de queja presentado por la defensa de la exmandataria.

En ese sentido, dio cuenta del "manoseo" del proceso condenatorio y recordó que, en un primer momento, el juez Julián Ercolini se declaró incompetente dado que, por una cuestión jurisdiccional, debía resolverse en Santa Cruz, donde se trató y se consideró que había inexistencia de delito. 

"Ese mismo juez, años después, ante una nueva denuncia, luego aceptó su competencia a meses de que la asunción de un nuevo presidente" que en su eslogan de campaña prometía la cárcel para CFK.

Asimismo, resaltó la doble vara del tribunal, que le permitió a la Fiscalía ingresar nuevas pruebas, pero cuando la defensa "intentó introducir pruebas que eran manifiestamente útiles, se rechazó esa posibilidad", y analizó que "cuando uno empieza a ver todas esas cuestiones, se nota que acá esto no se lo cree nadie porque justamente se nota mucho el manoseo". 

Además, agregó su reflexión sobre el timing de la Corte Suprema, ya que "la resolución a un mes de que pueda haber elecciones, se filtró lo que iba a pasar, no sé si para preparar los equipos políticos, pero ya se sabía lo que iba a pasar", y agregó: "Es muy claro, y por eso se habla de proscripción, porque ella ya dijo que iba a ser candidata, y ahí es cuando la Corte se apura y saca esta resolución".

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Sobre la resolución, también indicó que los argumentos de los magistrados para rechazar el recurso de queja son "absolutamente genéricos", por lo que se podría inferir que no se trató de un análisis real de la presentación de la defensa de la exmandataria.

Lo que sí quedó de manifiesto, según Escaray, es "cómo se fue afectado el debido proceso al no permitirle a la defensa introducir prueba", así como también las valoraciones probatorias que se hicieron, porque "acá no hay prueba directa en la cual se vincule a ella con la adjudicación de las 51 obras a Lázaro Báez, hay presunciones e indicios por la relación que tenían ellos".

Asimismo, consideró que la figura de Administración Fraudulenta en perjuicio del Estado fue una carátula para que la pena sea mayor, ya que -sin posibilidad de probar la Asociación Ilícita-. una pena por Negocios incompatibles con el sector público por parte de CFK, podría haber significado una condena que no la hubiera obligado a estar encarcelada.

"Es todo muy flojo", reflexionó sobre el fallo, pero terminó explicando que lo que mejor refleja esta condena, es la afirmación "por fin va a ir presa", más allá de que las pruebas estén o no, ya que "se determinó eso que las obras no existieron irregularidades, porque  fueron sometidas al proceso administrativo por el cual tenían que pasar", y sostuvo que de haber existido las "tres toneladas de pruebas" publicitadas por los fiscales, "se hubiesen exhibido por todos lados".

 

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