Información General
Medidas legales

COTOBA inicia acciones legales contra el ejercicio ilegal de la terapia ocupacional en la provincia

El Colegio Profesional de Terapia Ocupacional de la provincia de Buenos Aires comenzó un proceso judicial contra quienes continúan ejerciendo con matrículas emitidas por el Ministerio de Salud, ya sin vigencia tras la sanción de la Ley 15.200. La normativa exige la matriculación en el colegio como único registro habilitante para ejercer legalmente

Fausto Ramos
14/04/2025
COTOBA inicia acciones legales contra el ejercicio ilegal de la terapia ocupacional en la provincia

El Colegio Profesional de Terapia Ocupacional de la provincia de Buenos Aires (COTOBA), comenzó un proceso legal frente aquellos que sigan ejerciendo con la matricula emitida por el ministerio de Salud de la provincia, la cual perdió vigencia después de la creación del colegio, según la Ley 15.200.

Previamente a la normativa que dio lugar a la creación del colegio, los terapeutas ocupacionales trabajaban bajo la matricula otorgada por el Ministerio de Salud. Sin embargo, luego de la creación, la matricula perdió validez y el único registro habilitante para el ejercicio legal es la que otorga COTOBA.  

Esto se debe a la Ley 15.200 que en el artículo 7 establece que “para ejercer la profesión de la terapia ocupacional en la provincia de Buenos Aires se requiere título habilitante y matricula profesional otorgada por el Colegio Profesional de Terapia Ocupacional creado por esta Ley”.

El Colegio de Terapia Ocupacional expresó que la matriculación “no es una opción, sino una obligación legal”, ya que solo de esta manera se podría garantizar que el ejercicio profesional se logre dentro del marco normativo vigente, para así asegurar la protección de los que reciben el servicio como de quienes lo prestan.

Además, la matriculación ofrece varios beneficios, como el asesoramiento permanente a los integrantes y una póliza de seguro de responsabilidad civil por mala praxis sin costo para el profesional.

El artículo 10 de la ley estipulaba que desde la creación del colegio, los profesionales tenían 90 días hábiles para realizar la incorporación. De no ser así, estarían incurriendo en el ejercicio ilegal de la profesión.

PUBLICIDAD

Desde COTOBA buscan que con el proceso de intimación se pueda  desarrollar la profesión dentro de la ley vigente para fortalecer los estándares de calidad y legalidad en la práctica profesional. 

Comentarios
Más de Información General