La Justicia sobreseyó a 43 productores acusados por los incendios en el Delta del Paraná

El juez Daniel Alonso resolvió que no existen pruebas suficientes para vincular a los imputados con los focos ígneos iniciados en 2020. El fiscal Claudio Kishimoto anticipó que apelará la medida.

Andrea Lazaro
11/04/2025
La Justicia sobreseyó a 43 productores acusados por los incendios en el Delta del Paraná

El Juzgado Federal N°1 de Paraná sobreseyó a 43 productores rurales que habían sido imputados por los incidentes ocurridos en las islas del Delta del río Paraná en 2020, durante la histórica sequía; situación que golpeó a localidades costeras como San Nicolás, Ramallo, San Pedro (Buenos Aires), y Villa Constitución y Rosario (Santa Fe) que todos los días se veían invadidas por el humo y las cenizas.

Según publicó un medio de la región, el fallo del juez Daniel Alonso advirtió que se demostró que no existen pruebas suficientes para acusar a los cachareros. De todos modos, el fiscal de la causa, Claudio Kishimoto, adelantó que apelará la resolución.

Concretamente, el fallo judicial asegura que “la ausencia de pruebas vehementes genera una duda insuperable respecto de su vinculación con la situación constatada”, motivo por el cual proseguir con la causa sin elementos de convicción suficientes “sería más que prolongar la persecución penal sin razón suficiente”.

Los incendios que motivaron la investigación se produjeron en el marco de una sequía histórica y una pronunciada bajante del río Paraná; lo que impactó en las ciudades como San Nicolás, Rosario, San Pedro y Villa Constitución, afectadas por el humo y las cenizas provenientes de las islas.

En este marco, tanto las municipalidades de Rosario como de San Nicolás realizaron sendas denuncias judiciales y en el caso de la primera aportó imágenes satelitales donde se detectaban puntos de calor en zonas determinadas. A partir de esa información se imputó a 43 productores por incendios intencionales o, en su defecto, por negligencia en el manejo de sus tierras.

Más allá del sobreseimiento dictaminado por Alonso, fiscal del caso manifestó su disconformidad y advirtió en declaraciones radiales que "el obrar del juez, en cuanto a imputarles la conducta dolosa, podría ser discutible, porque no se ha visto a estas personas prendiendo un fósforo, pero al menos la conducta negligente está acreditada".

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También indicó que en las declaraciones indagatorias "la mayoría manifestaba que esas tierras eran heredadas y mostraban un cierto desinterés"; y añadió: "No fue comprobada la responsabilidad penal de las 43 personas imputadas, a pesar de haberse determinado que muchos de ellos, como dueños de las tierras incendiadas, no hicieron nada para custodiar la presencia de personas ajenas que hicieron los fuegos que ocasionaron los perjuicios ambientales y de salud. 

Y remarcó: "Esto es el medio ambiente: no importa que a vos no te afecte en tu propiedad, pero estás afectando la salud de mucha otra gente".

Las imágenes satelitales y los informes científicos, como los del Museo de Ciencias Naturales "Padre Antonio Scasso" de San Nicolás, evidenciaron el impacto ambiental que los incendios provocaron en los humedales del Río Paraná.

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