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Columna Judicial

El caso Napolitano, un guiño de la Corte en defensa de las víctimas de género

Escaray se refirió a un caso que será emblema en la discusión sobre los alcances de la violencia de género y el guiño de la Corte a los jueces.

Pipo Aravena
19/12/2024
El caso Napolitano, un guiño de la Corte en defensa de las víctimas de género

Luego de la intervención de la Suprema Corte bonaerense sobre el caso donde se acusa a Luciano Napolitano por violencia de género, el máximo tribunal dio una señal para revertir las resoluciones de los juzgados que no atienden las demandas sobre violencia de género. 

En su habitual columna Judicial, Gonzalo Escaray, explicó los alcances del caso Napolitano y la importancia de revisar las resoluciones de los juzgados de primera y segunda instancia. 

La Suprema Corte revirtió la absolución y reinstauró la condena de 3 años y 8 meses de prisión por violencia de género contra su expareja impuesta a Luciano Napolitano, hijo Pappo.

Luciano Napolitano se lo acusó de ejercer violencia de género sobre su pareja, en hechos en los cuales se daba cuenta de lesiones leves agravadas por el contexto de violencia de género, así también amenazas, tenencia ilegal de arma de fuego que fue encontrada en su domicilio y privación ilegal de la libertad en perjuicio de Mariel”, explicó Escaray.

En ese marco, Napolitano fue detenido hasta que la causa fue a juicio. La defensa pidió un juicio abreviado, para evitar el juicio oral, y se acordó una pena “que beneficie más al imputado, es decir, una calificación legal más leve o una pena más baja. Siempre el límite es el acuerdo que se hace”, explicó Escaray.

El juzgado correccional entendió que los cuatro hechos estaban probados, que la prueba era suficiente para acreditar la autoría en los cuatro hechos y lo condenó a tres años y ocho meses de prisión”, remarcó.

Sin embargo, la Cámara revirtió ese fallo. “Fue condenado, apeló, y la Cámara después resuelve la absolución de Napolitano, en los cuatro hechos”, lamentó Escaray al momento de explicar el tránsito de la causa.

Ante eso, la apelación llegó a la Corte y Escaray resaltó que “los que tienen dudas del concepto de perspectiva de género, en el fallo de la Suprema Corte de la provincia sobre el caso Napolitano se ve claramente cómo una mujer fue víctima de una agresión física, humillada, maltratada, y no sólo en el momento que se realiza la denuncia, sino que de manera previa”. “También le tiró el auto encima, como ella se corrió, no tuvo ninguna lesión. Eso sí era más difícil de poder probar y por eso no se tuvo en cuenta la calificación legal”, describió Escaray.

Sobre la intervención de la Corte, Escaray recalcó que “nos encontramos con una situación totalmente opuesta, que todas las denuncias que hace una mujer son falsas. Antes era todo cierto, hoy todo es falso, y tenemos que encontrar el equilibrio”.

“Lo que consta en materia judicial es analizar la existencia de desigualdades. En caso que la víctima sea una mujer. Pero desigualdades estructurales, en lo que es la valoración y el análisis de todo el trámite de la causa, para determinar eventuales responsabilidades por parte del hombre que está denunciado o imputado”, completó.

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