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Imputaron a 7 empresas prepagas por presunta cartelización

La investigación busca determinar si estas conductas vulneraron la legislación de competencia en Argentina.

Nazareno Napal
12/12/2024
Imputaron a 7 empresas prepagas por presunta cartelización

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) imputó a siete empresas de medicina prepaga, a la asociación que las agrupa y al expresidente de esta última, tras hallar indicios de prácticas anticompetitivas.

La investigación, iniciada en enero de 2024, apunta a conductas concertadas que habrían incluido un aumento coordinado en los valores de las cuotas de los planes médico-asistenciales entre diciembre de 2023 y abril de 2024. Según informó la CNDC, las empresas implicadas son Galeno, Hospital Británico de Buenos Aires, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint y OSDE, además de la Unión Argentina de Salud (UAS).

También fue imputado Claudio Belocopitt, presidente de Swiss Medical y quien encabezó la UAS durante el período investigado.

En abril de este año, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, junto con la CNDC, dictó una medida de tutela anticipada. Esta resolución obligó a las empresas del sector a retrotraer las cuotas de sus planes a los valores vigentes en diciembre de 2023 y prohibió el intercambio de información relacionada con precios, costos o servicios, incluso en reuniones de la UAS.

Según la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), las empresas y personas imputadas tienen 20 días hábiles para presentar su descargo y pruebas que permitan desvirtuar las acusaciones. Luego, se abre un período probatorio de hasta 90 días hábiles, prorrogables por otros 90 días. Al concluir, las partes disponen de seis días para presentar sus alegatos finales.

En caso de que las pruebas desvirtúen las acusaciones, la CNDC archivará el caso. Si no, las sanciones podrían incluir multas de hasta el 30% del volumen de negocios de las empresas o el doble del beneficio obtenido mediante la conducta ilícita.

La CNDC destacó que este tipo de acuerdos entre competidores, conocidos como cárteles, constituyen una de las infracciones más graves según el artículo 2 de la LDC. Estas prácticas incluyen fijación de precios, limitación de la oferta o coordinación en licitaciones, y atentan contra la libre competencia.

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