La Provincia reglamentó el RIGI Bonaerense para atraer proyectos millonarios
La nueva normativa ofrece incentivos tributarios y estabilidad fiscal para proyectos de hasta 200 millones de dólares, con el objetivo de generar empleo y diversificar la matriz productiva de la provincia.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó la Ley de Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas, conocida como “RIGI bonaerense”, otorgando al gobernador Axel Kicillof las herramientas legales para regular proyectos de inversión superiores a los cinco millones de dólares.
Esta normativa fue oficializada mediante el Decreto N° 2938, publicado en el Boletín Oficial, y corresponde a la Ley N° 15.510, sancionada por la Honorable Legislatura el 14 de noviembre pasado. La promulgación lleva las firmas de Kicillof, el ministro de Gobierno, Carlos Bianco, y el ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, Augusta Costa.
El principal objetivo del RIGI bonaerense es fomentar las inversiones en sectores estratégicos que generen valor agregado, promuevan la creación de empleo registrado y calificado, y favorezcan el desarrollo de proveedores provinciales. Además, busca impulsar la transferencia de nuevas tecnologías, la innovación, la diversificación productiva, el aumento de exportaciones y la sustitución de importaciones, y el desarrollo de sectores productivos innovadores. Todo ello, con la intención de lograr un desarrollo territorial más equitativo.
Los sectores más beneficiados por esta ley incluyen la industria manufacturera, servicios (como el turismo y la logística), las industrias culturales, el sector salud y actividades intensivas en recursos naturales (como minería, energía, petróleo y gas). Asimismo, podrán acogerse a este régimen aquellos proyectos que sean declarados de interés estratégico por el Poder Ejecutivo provincial
En cuanto a los proyectos que podrán beneficiarse de esta ley, se destacan las nuevas plantas o inversiones, así como las ampliaciones de plantas existentes, siempre que el aumento en la capacidad productiva sea al menos del 30% sin disminuir el empleo. También podrán beneficiarse aquellos proyectos que impliquen un nuevo proceso productivo, con una inversión superior al 30% del valor del activo fijo existente, sin que se reduzca el empleo.
Los proyectos se dividen en tres categorías según su monto de inversión:
1- Desde cinco millones de dólares (USD 5.000.000) hasta cincuenta millones de dólares (USD 50.000.000).
2- Más de cincuenta millones de dólares (USD 50.000.000) y hasta doscientos millones de dólares (USD 200.000.000).
3- Más de doscientos millones de dólares (USD 200.000.000).
En cuanto a los incentivos tributarios, los proyectos aprobados podrán beneficiarse de exenciones parciales en los impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la ley. Además, los beneficiarios tendrán estabilidad fiscal, lo que significa que no podrán experimentar un aumento en la carga tributaria sobre los Ingresos Brutos y los Sellos en relación con la actividad promovida, durante el tiempo que dure el beneficio.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, o el organismo que lo reemplace. Entre sus funciones estarán la evaluación y aprobación de proyectos, el monitoreo de su ejecución y el cumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios. También dictará las normas complementarias y operativas necesarias para la implementación efectiva de la ley.
Finalmente, el Poder Ejecutivo provincial deberá dictar las normas reglamentarias dentro de los treinta días hábiles de la promulgación de la ley. Además, se invita a los municipios a adherir a este régimen ajustando sus tributos locales a las disposiciones de la nueva normativa.