La Cámara de Casación ratificó la condena de Cristina Kirchner en la causa "Vialidad"
Aunque el fallo fue confirmado, todas las partes pueden apelar ante la Corte Suprema, lo que podría retrasar su ejecución.
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó hoy la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos a la ex presidenta Cristina Kirchner, por el delito de administración fraudulenta en relación con la adjudicación de obra pública al empresario Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz.
En una sentencia de más de 1600 páginas, la Sala IV de Casación también confirmó las condenas para otros involucrados en el caso. Así, el empresario Báez recibió una pena de seis años de prisión, al igual que el ex secretario de Obras Públicas José López y el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad, Nelson Periotti. También fueron condenados Juan Carlos Villafañe (5 años), Raúl Gilberto Pavesi (4 años y 6 meses), José Raúl Santibañez (4 años), Mauricio Collareda (4 años) y Raúl Osvaldo Daruich (3 años y 6 meses).
Por otro lado, la Casación ratificó las absoluciones de dos figuras clave del gobierno kirchnerista: el ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, y el ex subsecretario de Obras Públicas, Abel Fatala.
El fallo fue dado a conocer en una audiencia pública en los tribunales de Comodoro Py, donde se procedió a leer la decisión. Los jueces Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña confirmaron la condena de Cristina Kirchner, mientras que el tercer integrante de la sala, Gustavo Hornos, votó a favor de sumar el cargo de asociación ilícita a la ex presidenta, como había solicitado la Fiscalía.
Es importante señalar que, aunque la condena fue ratificada, el fallo no tendrá efectos inmediatos, ya que todas las partes involucradas tienen la posibilidad de apelar la decisión ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un plazo de 10 días hábiles. Será el máximo tribunal quien determine si ratifica la resolución de la Cámara de Casación. Si la Corte confirma la sentencia, el fallo quedará firme y podrá ejecutarse, aunque no existe un plazo determinado para que el máximo tribunal resuelva el expediente.
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