Entra en vigencia la prohibición de sumar tasas e impuestos en facturas de servicios públicos
La medida, impulsada por la Secretaría de Comercio, busca evitar cargos indebidos, aunque pone en jaque a los municipios que no están percibiendo ingresos.
A partir de hoy, las facturas y comprobantes emitidos no podrán incluir cargos que no estén directamente relacionados con los bienes y servicios contratados. Esto significa que las empresas no podrán agregar tasas e impuestos adicionales a sus facturaciones, según establece la resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio, que fue publicada el 10 de septiembre y otorgaba un plazo de 30 días para su implementación, el cual se cumple este viernes.
Esta normativa se aplica a empresas que ofrecen servicios públicos en todo el país, así como a aquellas que comercializan bienes. En adelante, las facturas solo podrán detallar la descripción y el precio correspondiente al servicio o bien proporcionado, sin incluir conceptos ajenos.
En caso de que alguna empresa incumpla con esta disposición, los consumidores tienen la opción de denunciar las irregularidades enviando un correo a la dirección [email protected]. Las empresas que no se ajusten a la normativa podrán enfrentar sanciones económicas.
Esta resolución de la Secretaría de Comercio se complementa con medidas recientes del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), que también prohíben la inclusión de conceptos no relacionados con los servicios prestados en las facturas.
La decisión fue impulsada por el ministro de Economía, Luis Caputo, responde a una serie de denuncias públicas que señalaban que algunos municipios y gobiernos provinciales estaban sumando tasas locales e impuestos a las facturas de servicios esenciales, lo que no corresponde. Desde la oposición remarcan que es parte de la guerra y ajuste que aplica la Nación sobre las provincias, poniendo un palo más en la rueda en un momento de crisis.



