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Nuevo revés para Caputo

Moreno podrá cobrar impuestos en las boletas de servicios públicos

Con Pilar como antecedente, la Justicia falló a favor del municipio de Moreno y suspendió la resolución del Gobierno nacional que impedía al distrito el cobro de tasas junto con servicios públicos.

Andrea Lazaro
30/09/2024
Moreno podrá cobrar impuestos en las boletas de servicios públicos

La justicia federal volvió a fallar a favor de los municipios del conurbano en la disputa con el Ministerio de Economía de la Nación por el cobro de impuestos en las boletas de servicios públicos. Tras la resolución de la semana pasada a favor de Pilar, esta vez fue el turno de Moreno.

Concretamente, el juez Adrián González Charvay, titular del juzgado federal de Campana, que tiene bajo su jurisdicción a Pilar, y subroga el juzgado de Moreno, falló a su favor de que el distrito conducido por Mariel Fernández pueda seguir cobrando impuestos juntos con los servicios públicos. 

Así como Pilar, Moreno presentó un amparo para pedir la inconstitucionalidad de la resolución 267 de la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación, que depende del Ministerio de Economía a cargo de Luis Caputo, y obtuvo la medida cautelar que suspendió la vigencia de la norma, aplicable solo a los partidos mencionados.

Entre los fundamentos que el juez esgrimió para dar cauce a la cautelar presentada por Moreno afirmó que “dado las graves y objetivamente impostergables circunstancias que marcan la presente acción de amparo que, de no hacerse lugar a la medida, implicaría un grave perjuicio para el Municipio actor”.

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En tanto, el amparo presentado por Fernández destacó que el cobro conjunto está avalado por una ley provincial y por una ordenanza y que la medida del gobierno afecta la autonomía municipal que está resguardada por la Constitución de la provincia de Buenos Aires. 

Al tiempo que considera que la resolución del gobierno “atenta contra el derecho de propiedad del municipio violentando su autonomía en lo que respecta a la potestad recaudatoria, amparada por las normas locales que así lo han legislado”.

En este marco, pidió la inconstitucionalidad de la norma y que como medida previa se suspenda la vigencia de la resolución y de esta manera seguir cobrando la tasa de servicios generales en la boleta de Edenor SA y la tasa de vigilancia, inspección y desarrollo en la de la empresa de gas Naturgy BAN S.A.

Argumentos similares había planteado Federico Achaval, intendente de Pilar, en su presentación.

Tras analizar las presentaciones, González Charvay recordó en su resolución que “la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, autoriza a los municipios a dictar ordenanzas y reglamentos, dentro de las atribuciones que le confiere, y a votar anualmente su presupuesto y los recursos para costearlo”.

Mientras que, en sintonía con el Municipio, consideró que lo que se recauda por el cobro de las tasas se usa “para sostener y mantener el alumbrado público, y el servicio eléctrico brindado a los distintas instituciones y edificios municipales, como así también, el costo de las inspecciones efectuadas a las redes de circulación y suministro de gas natural, cuyo mantenimiento y buen estado resulta esencial dada su peligrosidad”. 

Por lo que, subrayó, modificar la forma de cobro “afectaría el funcionamiento de los distintos servicios municipales, edificios e instituciones que se sustentan con las mismas”.

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