AFIP eliminó el registro obligatorio de contratos de alquiler
Únicamente será necesario hacerlo para acceder a beneficios fiscales específicos. La medida forma parte de una serie de resoluciones destinadas a desregular el mercado.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió eliminar la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. Sin embargo, los contribuyentes que deseen acceder a los beneficios fiscales establecidos por la ley deberán seguir registrando sus contratos para obtener estos beneficios.
La medida, que entra en vigor a partir de la Resolución General 5545/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, deriva del Decreto 70/2023 que derogó la ley de Alquileres 27.551. Según la nueva resolución, "los propietarios ya no tendrán que inscribir los contratos en el 'Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)' para su validez".
A partir de ahora, los contribuyentes que deseen aprovechar los beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o 15 días corridos después de la celebración del contrato. La AFIP ha especificado que "los interesados deberán hacerlo a través de la web del organismo".
Los contribuyentes que ya hayan registrado sus contratos no necesitarán volver a hacerlo, salvo en caso de modificaciones o actualizaciones.
En paralelo, la Resolución General Nro. 5547/2024, también publicada hoy, eliminó la obligación de que los empleados en relación de dependencia adjunten una copia del contrato de alquiler en el servicio SiRADIG para acceder a las deducciones del 40% y 10% de las sumas pagadas por alquiler.
Esta medida se suma a otras recientes derogaciones por parte de la AFIP, como el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), y las resoluciones generales que obligaban a los productores agropecuarios a presentar cinco declaraciones juradas anuales. Asimismo, se han eliminado el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, en un esfuerzo por simplificar el comercio exterior.