Política
Mediante un decreto

El Gobierno reglamentó la Ley Bases con el objetivo de reorganizar la administración pública

Se trata del primer tramo de la Ley Bases, reglamentado mediante el decreto 695. Este decreto establece procedimientos para la privatización de empresas estatales y la implementación del silencio administrativo.

Nazareno Napal
05/08/2024
El Gobierno reglamentó la Ley Bases con el objetivo de reorganizar la administración pública

El Gobierno reglamentó el primer tramo de la Ley Bases para avanzar en la reorganización de la administración centralizada y descentralizada, mediante el decreto 695 publicado en el Boletín Oficial de este lunes.

El decreto está firmado por el presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete de Ministros Guillermo Francos, el ministro de Economía Luis Caputo y el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger.

La reglamentación abarca la reorganización de la administración centralizada y descentralizada, las privatizaciones y el empleo público. Los aspectos centrales del decreto incluyen la reorganización administrativa, las privatizaciones, el silencio administrativo y la reglamentación y ajustes.

En cuanto a la reorganización administrativa, se establece que el Poder Ejecutivo puede reorganizar, transformar y liquidar fondos fiduciarios públicos de acuerdo con la Ley N° 27.742. Sobre las privatizaciones, se fija que deben seguirse procedimientos específicos para privatizar empresas estatales, que incluyen la presentación de informes y la publicación de convocatorias para ofertas.

Según se indicó en el Boletín Oficial, "la jefatura de Gabinete de Ministros, dentro del plazo de 15 días contados a partir de la entrada en vigencia del documento, debe aprobar el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley N° 27.742".

El silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales se tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el cronograma mencionado y para los procedimientos que se inicien con posterioridad a dichas fechas.

Las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada deberán identificar y mantener actualizado el detalle de los procedimientos administrativos alcanzados por lo establecido en el párrafo anterior, dentro de sus competencias.

Los procedimientos administrativos regulados en normas especiales que contemplen la aplicación del silencio con efecto positivo continuarán rigiéndose por sus respectivas normas y mantendrán plena operatividad.

Además, "la jefatura de Gabinete de Ministros debe elevar al Poder Ejecutivo Nacional, previo informe fundado de las áreas competentes, los supuestos específicos en los que no será de aplicación el silencio con efecto positivo contemplado en el inciso b) del artículo 10 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, previo a su efectiva implementación".

La Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la citada jefatura debe adoptar las medidas necesarias con el fin de garantizar la implementación del silencio con sentido positivo a través de plataformas digitales, conforme lo expuesto en el artículo 3°.

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