Economía
Mediante un decreto

El Gobierno reglamentó el Impuesto a las Ganancias

Los cambios, que entrarán en vigor este mes, incluyen la reincorporación de la cuarta categoría y la eliminación de beneficios diferenciales para trabajadores de la Patagonia. Afectará a aproximadamente 800 mil personas.

Nazareno Napal
22/07/2024
El Gobierno reglamentó el Impuesto a las Ganancias

El Gobierno Nacional oficializó hoy la reforma al Impuesto a las Ganancias, establecida en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes. Según el decreto 652, los cambios entrarán en vigor este mes, afectando a trabajadores que ganen sueldos brutos de 1.8 millones de pesos en el caso de solteros y 2.2 millones para casados, quienes comenzarán a tributar a partir de sus sueldos de agosto.

Estos cambios afectarán aproximadamente a 800 mil personas que antes estaban exentos, afectando a aquellos que ganen más de 15 sueldos mínimos, actualmente en 3.5 millones de pesos.

El Presidente, Javier Milei, junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, firmaron la resolución que lleva adelante esta modificación

La medida incluye la reincorporación de la cuarta categoría, lo que representa el 0,4% del Producto Bruto Interno (PBI). Esto permitiría al Gobierno mantener el déficit fiscal y a los gobernadores recibir más fondos, que habían perdido con los cambios anteriores en Ganancias aprobados en 2023, impulsados por Sergio Massa cuando era candidato a presidente de Unión por la Patria.

Uno de los puntos más controversiales de la ley es la inclusión de horas extras y premios en el cálculo del impuesto a pagar por los trabajadores, eliminando la alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia que existía previamente bajo el gobierno de Alberto Fernández.

Según las nuevas escalas, los solteros que ganen 1,8 millones de pesos brutos (1,5 millones netos) comenzarán a pagar un 5% sobre el excedente, mientras que aquellos que ganen 2,5 millones de pesos brutos pagarán hasta 100 mil pesos adicionales. Por otro lado, quienes ganen 4,9 millones de pesos brutos pagarán una alícuota del 35%.

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Para los casados, el tributo aplica a quienes ganen más de 2,2 millones de pesos brutos (1,9 millones netos), con alícuotas progresivas que van del 5% hasta el 35% para aquellos que ganen 5,5 millones de pesos.

La actualización del mínimo no imponible se realizará este año en septiembre y a partir de 2025 en enero y julio de cada año, ajustándose según el índice de precios al consumidor publicado por el INDEC. Según el decreto, “el artículo 74 de la Ley Nº 27.743 instituye un ajuste excepcional en el mes de septiembre del corriente año por el coeficiente que surja de la variación del índice señalado en el considerando precedente, correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024, inclusive”. Además, se aplicará otra actualización en enero de 2025 basada en el índice de los meses de septiembre a diciembre de 2024.

 

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