La Justicia ordenó reincorporar a los trabajadores trans despedidos
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de ATE y exigió la reincorporación de empleados trans en la Administración Pública, marcando un precedente contra los despidos masivos de Javier Milei.

Un tribunal de justicia superior dictaminó una medida cautelar, a favor de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), y exigió al Gobierno nacional reincorporar a los trabajadores trans despedidos por Javier Milei. "La Justicia comienza a darnos la razón y demuestra la absoluta ilegalidad que tienen los despidos masivos que el Poder Ejecutivo", expresó el secretario del gremio, Rodolfo Aguiar.
Según informó el gremio, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló a favor de ATE con una medida cautelar por la reincorporación trabajadores trans, amparados en la Ley de Cupos, que cumplen funciones en la Administración Pública Nacional, indicando sus inmediatas reinstalaciones en los puestos de trabajo.
“Estamos frente a un avance significativo de la lucha que los estatales llevamos adelante contra el ajuste que en el sector público impulsa el Gobierno Nacional”, dijo al respecto Aguiar.
Y continuó: “La Justicia comienza a darnos la razón y demuestra la absoluta ilegalidad que tienen los despidos masivos que el Poder Ejecutivo decidió llevar adelante en toda la administración”.
En este sentido, el gremialista destacó “la importancia que el Poder Judicial funcione como órgano de contralor de los otros poderes del Estado, sobre todo de aquellas garantías y obligaciones que contrajo el Estado argentino con la firma de muchos tratados internacionales que protegen a estos grupos de personas”.
La medida cautelar de este lunes es la primera resolución de este estilo durante la gestión de Milei. Pero el gremio advirtió que espera que en los próximos días puedan firmarse nuevas cautelares a partir de las presentaciones judiciales realizadas por el sindicato.
“Este fallo es muy importante porque además de la estabilidad en el empleo público como un derecho constitucional fundamental cuya violación venimos denunciando en todos estos meses, ahora se especifica con claridad el daño para la salud física y psíquica, y además el daño social que estas cesantías masivas generan en los trabajadores”, apuntó Aguiar.
En esta línea, el dirigente concluyó: “Esta resolución judicial nos genera optimismo a la hora de revertir un escenario de despidos masivos que resienten todos los servicios estatales y se traducen en una enorme pérdida de derechos para la población”.
El primer caso del que tuvo respuesta concreta el sindicato, se trata de un trabajador que presta servicios en el Estado desde marzo del 2021. El pasado 21 de marzo 2024, el organismo público adoptó la “arbitraria e ilegal determinación de no renovar su contrato, causa denominada Nº19483/2024/CA1 presentada en el Juzgado Nº15”.
Ahora, este fallo sienta un precedente importante en la lucha por el respeto al cupo y contra la continuidad de tal statu quo del paradigma de binariedad heteronormativa, factor que amenaza los derechos reconocidos en los artículos 14 bis, 43, 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, en la Convención Americana de Derechos Humanos, en el Protocolo de San Salvador, en la Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, en los Principios de Yogyakarta, en el Código Civil y Comercial de la Nación, en la Ley de Identidad de Género 27.643, en la Ley 27.636 “Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán Lohana Berkins”, en la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 y en el CCT ANSES 305/98 `E´.