Ingresó a Diputados un proyecto que busca el blanqueo de dólares sin declarar
El diputado del FDT, Carlos Heller, presentó un proyecto destinado al blanqueo voluntario de activos sin declarar, el cual espera el dictamen de la Cámara baja.

El diputado nacional Carlos Heller manifestó que en el extranjero podría haber "más de 400.000 millones de dólares" no blanqueados. Sus dichos fueron previos a la reunión que tendrá lugar en la Cámara baja nacional para discutir el dictamen del proyecto de ley denominado Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizada.
"Hay distintas informaciones. Algunas hablan de más de US$ 400.000 millones, pero como son cosas no registradas, hay distintas estimaciones", mencionó Heller durante una entrevista con AM 750.
El diputado del Frente de Todos y líder de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados presentó dicha iniciativa luego del acuerdo firmado entre Argentina y Estados Unidos para intercambiar información tributaria.
La comisión se reunirá a las 18 horas para discutir el proyecto de ley que permitiría a los contribuyentes regularizar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) activos no declarados con un pago de alícuota.
Asimismo, el proyecto contempla un blanqueo para personas físicas, sucesiones indivisas y empresas con activos financieros y bienes no declarados ante el fisco.
De aprobarse la iniciativa, quienes se registren en los primeros 120 días desde que la legislación entre en vigencia tendrán una alícuota del 5%. Posteriormente, los bienes no declarados en el extranjero pagarán una tasa del 10% durante los próximos cuatro meses y del 20% hasta que expire la ley de 360 días.
Cabe recordar que el acuerdo entre Estados Unidos y Argentina establece un sistema de intercambio de información tributaria que busca combatir la evasión fiscal mediante el acceso mutuo a información financiera.
Por otro lado, el proyecto que está a la espera del dictamen en Diputados, tiene como objetivo establecer un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% para personas físicas que declaren tenencia de moneda nacional o extranjera, siempre que el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos tres períodos fiscales y con un límite de hasta US$ 50.000.
Para acceder a este régimen, será necesario presentar una declaración jurada meramente informativa que indique el monto exteriorizado.
Además, se definirá la repatriación de bienes como el ingreso de moneda extranjera al país, que represente al menos un porcentaje a ser determinado por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior declarados, con un mínimo del 10%.