La Corte ratificó a Rosenkrantz para votar en las cautelares por la tarifa de internet
La Corte Suprema de Justicia votó en contra del pedido de apartamiento del juez Carlos Rosenkrantz que había realizado el Gobierno, para que no vote en las medidas cautelares impuestas por Telecom en torno a las tarifas de los servicios de comunicacion.
En una decisión insólita del poder judicial Argentino, la Corte Suprema de Justicia con los votos de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorezentti fallaron en contra del pedido de apartamiento de Carlos Rosenkrantz que había realizado el Gobierno, para que no participe en la votación de las medidas cautelares interpuestas por las empresas de telecomunicaciones.
Hay que tener en cuenta un dato, y es que Rosenkrantz antes de integrar el máximo tribunal de justicia del país, fue uno de los abogados defensores del grupo Clarín, dueño de la empresa Telecom, la cual fue una de las empresas que interpuso el recurso de amparo.
La misma fue emitida para suspender la vigencia del decreto de necesidad y urgencia que declaró los servicios de Internet, tv paga, telefonía fija y móvil como servicios públicos esenciales, lo que permite regular sus tarifas.
Rosatti y Maqueda indicaron que “no es causa de recusación la circunstancia de que el juez cuyo apartamiento se pretende haya patrocinado anteriormente a uno de los interesados en asuntos distintos y terminados, tal como aquí se alega”.
Además, señalaron que la recusación es extemporánea, porque ya pasó la oportunidad procesal, dado que debía plantearse al momento de la presentación del recurso extraordinario.
¿Que dice el DNU que debe votar la Corte?
El decreto 690 fue rubricado por el presidente Alberto Fernández, en el año 2020, en plena pandemia, y declara a los servicios de telecomunicaciones como servicios básicos esenciales y estratégicos en competencia, por lo que sus tarifas deben ser reguladas por el Estado nacional.
Además se designó como Autoridad de Aplicación del decreto al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), el que deberá dictar las normas complementarias necesarias para su cumplimiento.
A raíz de esto, la empresa Telecom, interpuso una medida cautelar que fue ratificada por la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, firmado por los camaristas Luis María Márquez y José Luis López Castiñeira. A raíz de esto el ENACOM falló en contra, por eso se acudió a la intervención del máximo tribunal superior de justicia, que hace un año tiene cajoneada la votación.