Toma de terrenos: ¿Cuándo se da el delito?

La toma y usurpación de terrenos o viviendas es un conflicto que se incrementa con el paso del tiempo y que tiene al déficit habitacional como el problema central de fondo. La cuestión incluso ha ocasionado polémicas entre los distintos ministros de Nación y Provincia.
En esta nueva edición de la columna judicial en Radio La Plata (FM 90.9), el abogado Gonzalo Escaray analizó cuándo la usurpación es considerada un delito ante la justicia argentina.
“Este delito, rara vez llega a tener condena. No es fácil de acreditar porque para que sea delito se tienen que dar distintas modalidades” explicó Escaray y detalló que la usurpación generalmente se da cuando “una persona ve la oportunidad de invadir un terreno o vivienda, suele hacerlo con otras personas y siempre es a través de la violencia o el abuso de confianza”.
“Las ocupaciones en algunos casos son espontáneas, donde un grupo de personas van con su asentamiento de terreno en terreno, instalando casas muy precarias. Pero también existen organizaciones que llevan adelante la ocupación para luego vender los terrenos, bajo documentación falsa e irregularidades” mencionó.
En el último tiempo, se han registrado usurpaciones en distintos puntos de la Provincia de Buenos Aires, con un foco principal en La Plata en los barrios de Los Hornos y Ringuelet.
El abogado Gonzalo Escaray aclaró que, ante una usurpación, “lo que se protege es la posesión de hecho del terreno, el propietario que tiene la escritura en formas legales está contemplado para que no se lo despoje de su propiedad. PEro también el poseedor, por lo que una persona con boleto de compra venta o cualquier tipo de documento por el que se le otorgó el terreno es amparado”.
Y, ante esto, advirtió que “aquel que cometió el delito, también puede convertirse en víctima. Ante el despojo mediante el ejercicio de la violencia para sacar a una persona de una vivienda va de 3 meses a 3 años de prisión”.
El columnista también despejó dudas acerca de qué es lo que ocurre cuando una persona invade una propiedad con un menor de edad. “Ante la presencia de menores, se retrasan todas las acciones. Se tiene que dar intervención al juzgado para que lleve adelante un estudio de la situación y se incorporan distintos organismos de niñez. Lleva más tiempo, pero el desalojo se puede llevar a cabo” concluyó.